ANTECEDENTES HISTÓRICOS

El 15 de mayo de 2006, Iván Rodrí­guez, ministro de Energía y Minas del Gobierno de Alfredo Palacio, declaró la caducidad del Contrato de Participación para la Exploración y Explotación del Bloque 15, suscrito el 21 de mayo de 1999 con Occidental Petroleum Corporation y Occidental Exploration and Production Company (en adelante OXY), debido a que dicha compañía transfirió el 40% de sus derechos a la canadiense Alberta Energy Corporation (AEC) en el año 2000, quien posteriormente los cedió a Encana.

El Decreto de Caducidad también menciona que OXY incurrió en una serie de infracciones técnicas por la sobre explotación de los campos a su cargo, razón por la que pesaban sobre la petrolera varios expedientes administrativos. Según la Ley de Hidrocarburos vigente a esa época, la cesión de derechos sin autorización por parte del Estado ecuatoriano, así­ como la reincidencia en infracciones eran causal de caducidad, según reza su artí­culo 74: Art. 74.- El Ministerio del Ramo podrá declarar la caducidad de los contratos, si el contratista: [] 11. Traspasare derechos o celebrare contrato o acuerdo privado para la cesión de uno o más de sus derechos, sin la autorización del Ministerio; 12. Integrare consorcios o asociaciones para las operaciones de exploración o explotación, o se retirare de ellos, sin autorización del Ministerio; y, 13. Reincidiere en infracciones a la Ley y sus reglamentos.

El 17 de mayo de 2006 (solo dos dí­as después de la declaración de Caducidad), OXY presentó una notificación de arbitraje en contra del Ecuador ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (en adelante CIADI), institución creada en 1965 para solucionar disputas en temas de inversión. El Tratado Bilateral de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones entre Ecuador y Estados Unidos (en adelante TBI) contemplaba al CIADI como el foro para presentar demandas por parte de un inversionista si cualquiera de los Estados incumpliera sus obligaciones.

Vale mencionar que este arbitraje inició antes de que nuestro país denunciara el Convenio CIADI “para salir de él“ en el año 2009 y entró en vigencia en febrero de 2010.

La notificación fue registrada en el CIADI el 13 de julio de 2006 con el número ARB/06/11 y el Tribunal Arbitral fue constituido el 3 de febrero de 2007 con los siguientes árbitros:

  • Yves Fortier (Presidente del Tribunal)
  • Brigitte Stern (co-árbitro)
  • David A.R. Williams (co-árbitro)

La demanda de OXY fue presentada ante el CIADI el 23 de Julio de 2007, exigiendo al Estado ecuatoriano una indemnización por una cuantía de 3.370 dólares.